ACCUO RECUERDA A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE DURANTE EL MES DE AGOSTO LOS PLAZOS PARA IMPUGNAR DESPIDOS Y RECURRIR DENEGACIONES DE INCAPACIDAD, NO SE PARALIZAN:
Es relativamente habitual, que gran cantidad de empresas que deciden despedir a sus trabajadores, lo hagan en fechas cercanas a las vacaciones de verano. Y ello lo hacen, por la creencia generalizada que durante el mes de agosto por lo general es un mes inhábil para este tipo de materias, y pudiendo ser impugnadas en el mes de septiembre. Sin embargo, el artículo 43 de la Ley de Jurisdicción Sociales es claro: “Los plazos para recurrir un despido, así como situaciones de modificación de condiciones de trabajo, no se paralizan en el mes agosto, por lo que se recuerde a los trabajadores que tendrán que actuar antes si quieren evitar que le caduquen las acciones judiciales o para recurrir resoluciones.
En ACCUO noticias les informamos que para defender sus derechos durante el mes de agosto, en relación a estas materias, la atenderemos en servicio de urgencia mediante los siguientes números de teléfono:
1): 1 a 15 de agosto: 611.160.545
2): 16 a 31 de agosto: 611.620.727
Igualmente nos puede continuar enviando sus consultas a nuestros correos electrónicos habituales, info@accuoabogados.com o info.accuo@gmail.com